Buenos días,
El administrador puede en cualquier caso firmar los contratos de la comunidad si el presidente hace dejadez de sus funciones, y siempre que estos contratos hayan sido acordados en junta de vecinos como es su caso. Los vecinos pueden llegar a exigir al administrador que de acuerdo al artículo 20 de la LPH, el administrador tiene obligación de firmar los contratos que le ha encargado la comunidad, así como enviar carta y/o burofax a las empresas salientes para comunicar la no renovación de servicios.
En el caso de que el administrador se niegue también a firmar estos contratos la comunidad puede:
- Convocar una junta con el 25% de los vecinos solicitándolos, e informando a todos los vecinos con al menos 7 días de antelación.
- En la junta, acordar el cese de la junta de gobierno, administrador incluido, y nombrar otro presidente, vicepresidente y administrador.
- Comunicar al administrador y presidente actuales su cese por escrito (labor del nuevo presidente y/o administrador) adjuntando el acta de la reunión.
- La nueva junta de gobierno podrá firmar con todo el derecho del mundo los nuevos contratos.
El problema que este proceso lleva al menos 15 días, y no sé si tienen tiempo. Si no da tiempo y el contrato se renueva con la anterior empresa, podrán denunciar tanto al presidente de la comunidad como al administrador por dejadez de sus funciones, y en el caso que hubiera habido algún perjuicio para la comunidad, pedirle la indemnización correspondiente a cada uno de ellos.
Espero haberle ayudado