Buenas tardes,
Usted puede directamente pedir el arbitraje, no la comunidad, y usted deberá asumir las costas, puesto que la comunidad ha determinado que son obras de adecuación de la comunidad.
El artículo 17 de la LPH se refiere a mejoras en los servicios, por ejemplo, una comunidad que no tenga piscina que quiera ponerla. Usted puede perfectamente negarse a pagar, y por consiguiente, pierde el derecho a usar la mejora. Tenga en cuenta que las mejoras están muchas veces mal entendidas, puesto que podemos "mejorar la escalera" si la pintamos de nuevo, pero no es una mejora de servicios, es una reparación.
Como es la adecuación de un servicio existente, y según su relato, bastante deteriorado, la decisión que sea considerado una "obra necesaria para el adecuado sostenimiento del inmueble" está bastante razonada y ajustado a derecho según mi criterio. Puede cambiar perfectamente la naturaleza de las obras, puesto que como dice usted mismo, la comunidad ha actuado según la LPH resolviendo lo procedente. Ha habido discrepancia, se ha tenido en cuenta, y se ha adecuado la naturaleza de las obras a su petición.
Yo creo que, salvo mejor opinión, en el caso de pedir arbitraje, usted tendrá muy pocas posibilidades de que el juez falle a su favor. En el mejor de los casos, el juez impedirá que se realice un alicatado y simplemente se pinte la escalera, pero tampoco que se haga la obra necesariamente como usted quiere. Además, tenga en cuenta que una demanda civil es muy cara, y tiene que valorar si le interesa ir a juicio, sumando a ello el deterioro de las relaciones vecinales que suele conllevar una demanda.
En este asunto, me temo que la comunidad ha actuado bastante cercana a derecho, y no tiene mucha posibilidad de cambiar el sentido de la votación. Me recuerda a un caso (salvando las distancias) que un vecino quería pintar las paredes de las escaleras de rosa, y se aprobó pintarlas en crema. Este vecino también quería no pagar la parte proporcional de pintar la escalera, invocando el mismo artículo que usted. Dejó de pagar la comunidad en la parte proporcional que él consideraba de la pintura, y hubo que ir a proceso monitorio, teniendo que abonar esas cuotas más los intereses legales.
Yo no le recomendaría la demanda, ni siquiera el arbitraje, siempre salvo mejor opinión.
Esperamos haberle ayudado. Saludos,