Considero que es correcto "La Comunidad es la Promotora de la Obra", y como promotora de la Obra, contrata a una Empresa para la ejecución. Y sobre la Comunidad recae cualquier denuncia que no sea atendida por el responsable directo . Por ejemplo a la empresa contratada se le accidenta un trabajador, esta sin asegurar.... el contratista no afronta con sus seguros (o personalmente) el accidente...... al final el marrón le cae a la Comunidad.
Según, La Ley de Ordenación de la Edificación (LOE) define al promotor como "cualquier persona física o jurídica, pública o privada que, individual o colectivamente, decide, impulsa, programa y financia, con recursos propios o ajenos, las obras de edificación para sí o para su posterior enajenación, entrega o cesión a terceros bajo cualquier título".
Tambien en la LOE se recoge como ejemplo de figura de promotor a:
Las comunidades de propietarios que promueven obras para la reparación, mantenimiento o mejora de sus inmuebles. En este caso el promotor es la propia comunidad de propietarios representada por su presidente.
Por eso entiendo que es muy importante la dimensión del proyecto, ICIO del Ayuntamiento , pues en un futuro si hay problemas son al 100% de la Comunidad. Quien esta libre de pensar que dentro de un tiempo, No revisan los bomberos evacuación de los edificios.... Al solicitar IEE, no se cualquier cosa.