La comunidad de propietarios de mi edificio, acordo en una renuion hace 6 años colocar antenas parabolicas para canales digitales y retirar las antenas parabolicas particulares que se habian puesto en la azotea Asi se hizo. Hace poco un propietario coloco por su cuenta una antena parabolica en la zona comun de la azotea y el cable por fuera en una patio comun, hacia su vivienda.
¿Lo puede hacer o no? .De una forma u otra cual es el argumento legal para no hacerlo o si hacerlo.? ¿En que documento legal o ley viene regulado este supuesto y el procedimiento que hay que llevar a cabo para quitarlo? ¿Donde puedo encontrar el texto de la ley de antena counitarias?