Volver al foro
C
chayo10
30/09/2013 21:03

Exigir en el acta de constitución las cuotas de la comunidad

¿Es obligatorio tener un acta con las cuotas de la comunidad? ¿Qué hacer si no la tenemos? ¿Pueden negarse a pagar?

1.795 lecturas | 2 respuestas

Buenas noches,

 En mi comunidad hay varios pisos que han pasado a manos de una Entidad Bancaria, nos han solicitado todo tipo de documentos, pero ahora parece ser que no es suficiente por que nos han pedido Actas completas y firmadas donde se aprueban las cuotas de la Comunidad, incluyendo el correspondiente reparto de cuotas. El administrador que teniamos no levantó acta con las cuotas de participación ni las de reparto, entonces ¿es obligatorio dicho acta? ¿Se pueden negar a pagar si no lo tenemos? ¿Que debemos hacer? Es factible hacer Junta y levantar acta con estos requisitos?

 

Saludos y muchas gracias

 
B
buzomadrid
02/10/2013 17:45

Los bancos, cuando llegan a ser propietarios de los pisos adjudicados por embargo lo único que hacen es alargar el tiempo para que éste pase y así le colocan la deuda comunitaria al que compra esa vivienda y el banco alega que ya no es dueño, que el propietrio es D. ................ que le vendio el piso el dia.........

La solución que aporto es hacer una junta extraordinaria en la que vengan muy definidos las deudas a día de la junta extraordinaria (no olvidar poner ese dato en la convocatoria) y por supuesto invitar al banco para que vaya a la junta para que tenga constancia de las actuaciones que hará la comunidad contra los morosos.

Si no paga el banco en un plazo de 10 dias.

Posteriormente presentar un juicio monitorio.

 
M
Marmual7
30/09/2013 21:34

En mi opinión, si no tenéis actas de las últimas reuniones, deberíais de celebrar una nueva junta General, aprobar los gastos efectuados en los años anteriores y realizar la distribución de gastos de cada vecino. Con ello se fijan los gastos de cada uno de los pisos y es con lo que deberían participar los nuevos propietarios. Además tendríais quie aprobar el presupuesto de este año, con lo que sacaríais las cuotas participativa a del año. Resolveríais las faltas anteriores y obligaríais a todos los propietarios a la participación en los gastos. Eso si no se os olvidé realizar el acta con estos datos.

Saludos.

 

Fin del hilo
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal y Política de Privacidad  |  Política de cookies  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento