lo que pone textualmente en la división horizontal, en el apartado de estatutos:
.- Los gastos de limpieza, alumbrado, conservación o cualesquiera otros relativos a la planta subterráneo destinada a garage, serán sufragados por los copropietarios de las plazas de garage en proporción a su cuota de participación.
.- Los gastos de conservación, limpieza y alumbrado del vestibulo general de las escaleras serán a cargo de los propietarios de las viviendas, en proporción a sus cuotas.
con esto no tienen que pagar el arreglo de ascensor, aunque este llegue hasta la planta subterranea que están las plazas de garages ??