En mi comunidad se ha producido un cambio de firmas en la cuenta corriente de la comunidad.
¿Qué se debe hacer para realizar dicho cambio? ¿Hay que hacer una reunión previa? ¿Hay que presentar el acta en el banco? ¿Tiene que personarse el antiguo presidente (firma saliente) con el nuevo presidente (firma entrante) en el banco?
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Quería hacerle una cuestión, ya que veo que entiende del tema. En este caso, los nuevos firmantes no han realizado ningún tipo de reunión para comunicar este cambio y, por lo tanto, no hay reflejo en el acta. ¿Esto sería ilegal?
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