buenos días, tras cuatro años sin celebrarse ningún tipo de junta, ni la legal ordinaria anual ni extraordinaria, el presidente y administrados han accedido a convocar junta general ordinaria y nombramiento de nueva junta. El problema viene en ke se trata de una urbanizacion de parcelas y chalets residencial y ke se ha convocado para un viernes 20 de diciembre a las 15.30, muchos propietarios no podrán estar por estar trabajando y otros por ser una fecha muy inconveniente para desplazarse.
Es legal convocar la junta tan maliciosamente en un horario y una fecha tan inadecuados?
gracias por su interés