Sobre el punto 2
Parece ser cierto que por convenio, una nueva empresa de limpieza tiene que subrogar el contrato de las limpiadoras.
Si el problema es la limpiadora o limpiadoras, le sugiero que pida presupuestos a una nueva empresa de limpieza, hecha la ley, hecha la trampa y estas empresas suelen saber que hacer en estos casos.
En nuestro caso, lo que hicieron fue pedirnos que firmasemos una permanencia de 2 años con la nueva empresa, eso les permitía contratar a la limpiadora y despedirla con su indemnización correspondiente.
Otras opciones son contratar a una limpiadora como autónoma o echar a la empresa de limpieza y estar un periodo (1 año creo) sin limpieza.
Con respecto al punto 3, ¿el administrador puso en el acta que el contrato finalizaba en 2014? (supongo que no sería tan torpe), si es así que rescinda el contrato y pague él la penalización, verá que risa le va a dar