Hola Ana.
Nos situamos en primer lugar en lo que dice la ley de propiedad horizontal en relación al artículo 9.1.c "Son oblgaciones de cada propietario: consentir en su vivienda o local las reparaciones que exiga el servicio del inmueble y permitir en él las servidumbres imprescindibles requeridas para la realización de obras, actuaciones o la creación de servicios comunes llevadas a cabo o acordes conforme a lo establecido en la presente ley, teniendo derecho a que la comunidad le resarza de los daños y perjuicios ocasionados".
Dicho esto que ya todos conocemos, nos encontramos en que el propietario del local no se niega a que se realice la reparación sino que se le indemnice o se le reponga el suelo de su local en el mismo estado en que estaba antes y por otra parte que se le dé el lucro cesante por el tiempo que se realicen las obras y el deje de recibir el beneficio de las ventas de su local y además la posible pérdida de clientes por este hecho.
Partiendo de la base que haya voluntariedad para que se hagan las obras yo pediría la intervención de un perito conforme a las dos partes para que exista un arbitraje y haga una valoración de los posibles daños y su valoración económica. Desde luego personalmente como Administrador recomendaría que se le arreglara el suelo independientemente de si ha enlosado el mismo posteriormente y si la arqueta era "vista" u "oculta". Si no fuera necesario la intervención de un perito, os podríais ahorrar el coste del mismo y que dos o tres empresas valorara el coste de la obra. Una vez tengais el coste de la misma y una valoración del lucro cesante por los días en que el local esté cerrado inmediatamente haría una junta general extraordinaria para que los propietarios aprueben la propuesta y hacer la derrama correspondiente si fuera necesario.
Es preferible que haya un buen entendimiento entre los propietarios y el propietario del local, porque la obra no solo va a afectar en esta ocasión, sino que debereis llegar a un acuerdo con el propietario del local para que la arqueta quede vista para las próximas actuaciones o intervenciones de la pocería. Hoy en día las empresas dejan las arquetas embellecidas con el mismo material que se está utilizando para el resto del suelo y prácticamente no se nota.
Una vez que tengais hecha la obra mi recomendación es que en el Acta se dejara constancia de las fotos de finalización de la misma para que en un futuro si hay alguna alteración de la obra realizada, ya si se pueda demostrar que ha sido responsabilidad del propietario del local y se le puedan reclamar los gastos que se originen y los posibles daños y perjuicios.
Si Vds. no pueden demostrar ahora fehacientemente que las arquetas estaban vistas o estaban ocultas y no hay nada en algún Acta que lo refleje o algún documento oficial, mi recomendación es que no se metan en este terreno porque conllevaría a acciones judiciales, gastos de abogado y procurador, espera de la resolución correspondiente y la obra sin terminarse.
Recuerde el dicho, mas vale un mal acuerdo que un buen juicio.
Un saludo.
Miguel