Blanca:
En primer lugar permítame que le pegue "un tirón de orejas" a la comunidad por tener una póliza que no cubra las bajantes generales ni la responsabilidad civil que ello produce.
Si existe un problema en la comunidad y el vecino de arriba no quiere abrir su casa para la reparación de la misma, tendrá que poner en manos de un abogado dicha cuestión y proceder a realizar la denuncia correspondiente. seguro que el título constitutivo de su vivienda o bien los estatutos (si los hubiere habla algo de la servidumbre), sino tan fácil como nombrar el artículo 9 de la LPH en su punto c) que dice "Consentir en su vivienda l local las reparaciones que exija el servicio del inmueble y permitir en él las servidumbres imprescindibles requeridas para la realización de obras, actuaciones o la creación de servicios comunes llevadas a cabo o acordadas conforme a lo establecido en la presente Ley, teniendo derecho a que la comunidad le resarza de los daños y perjuicios ocasionados".
Conviene que sea abogado experto en temas civiles de la comunidad de propietarios. Para que le asesore contra quien debe proceder y los trámites a realizar (carta a la comunidad, propietario,etc.).
Si es Vd. de Madrid y no tiene abogado, nos lo dice por aquí y le podremos facilitar unos cuantos.
Un cordial saludo.
Miguel.