Hola Pptxu.
Buenos días. Los recibos de la Comunidad de Propietarios, a mi entender no son necesarios en ningún caso. Los que son domiciliados, porque cuando presentamos la información al banco para que realicen la domiciliación bancaria oportuna debe de servir como justificante de pago, como los ingresos que realizan los propietarios que no tienen recibos domiciliados deben de servir como justificante de entrega. Bien sea la fotocopia que proporcionen a la administración o bien el propio apunte en el banco. Solo serán validos aquellos recibos de la comunidad que haya que entregar a empresas o profesionales que sean propietarios de una vivienda o un local y que se desgraven por dichos gastos. en esos casos se les tendrá que facilitar el documento que ellos nos soliciten.
El documento que indicas, desde mi punto de vista, si tu administración requiere realizarlo, valer en cualquier tipo de papel, impreso o no. Solo es informativo. Te recomiendo que lleve el sello de la Administración o el de la propia comunidad por eso de darle un poco mas de formalidad.
Un cordial saludo.