Hola Zenaida.
Con respecto a tus preguntas comentarte lo siguiente:
En el Colegio de Administradores de Fincas y en la parte de sus estatutos (al menos en los estatutos del Colegio profesional de administradores de fincas de madrid), dice que el Administrador saliente tiene 45 días a partir de la fecha de su cese para la entrega de la liquidación de cuentas. El administrador entrante una vez que las reciba tiene que revisarlas, ver como se ha funcionado durante el último año, verificar el estado del disponible en la comunidad, deudas pendientes, ingresos y cobros, situación del balance,etc. Dependiendo del volumen de trabajo que esto suponga y de la dimensión de la comunidad necesita su tiempo. Yo considero que darle al menos 30 días para el estudio de la comunidad, su situación patrimonial/económico/financiera y saber su estado contable para emitir un presupuesto acertado es darle un tiempo razonable. Por lo tanto a mi juicio, ya que no existe una normativa estricta con relación a la entrega del presupuesto y estado de cuentas, en un trimestre el nuevo Administrador debería ratificar su cargo y proponer las nuevas cuentas contables.
Desde luego y mientras no haya una presentación del estado contable de la comunidad y un nuevo presupuesto, lo que rige es lo aprobado en la última junta de propietarios donde se haya hablado del presupuesto y el pago de las cuotas correspondientes.
Un cordial saludo.
Miguel.