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rivarcajuan
29/05/2014 02:11

nuevo como presidente de la comunidad

¿Qué acciones debo realizar como nuevo presidente de la comunidad?

1.347 lecturas | 1 respuestas

buenos dias, acabo de ser nombrado como presidente de la comunidad,  me he leido la ley de propiedad horizontal, mis deberes y obligaciones, pero ahora aun no he firmado nada. ¿que acciones deberia realizar en los siguientes puntos?

1- como nuevo presidente de la comunidad,  veo irregularidades o mas de un vecino las han visto  en años anteriores,  por ejemplo, se han realizado obras sin saberlo el anterior presidente de la comunidad, se sospecha de que se han presentado o puede que hayan presentado facturas falsas, las cuales  se han recogido en el acta en la cual se me me nombra presidente.la cual repito, no he firmado 

2- ¿Desde que momento me hago responsable como presidente,? y si lo anterior me puede afectar, 

3-  se ha hablado de cambiar de administrador, lo cual espero que se haya recogido en acta,ya que no la he visto, ¿ que pasos debería seguir ? ya que para cambiar  de administrador deben estar de acuerdo las 3/5 partes de los propietarios ¿ los presentes o  del edificio? 

por cierto, mi comunidad es como la de aqui no hay quien viva, por eso debo andar con mucho cuidado,y no cometer errores, ya que ser presidente aqui es un gran marrón

 

muchas gracias de antemano

 
Adminfergal
Adminfergal
29/05/2014 11:39

Hola Rivarcajuan.

Lo primero, pedirte que seas optimista. El ser Presidente no es ningún marrón. Es una actividad que te permitirá conocer mucho mejor tu comunidad y las personas que viven en ella y además si tienes un Secretario-Administrador competente, casi ni te enteras.

Eso sí como hombre público durante ese año, habrá mas posibilidades de que seas criticado, pero dime que hombre público no lo es. Mantén un criterio correcto, transparente, honorable  y razonable y verás como todo te sale bien.

Al grano. con respecto a las cuentas. Se suponen que estas estarán aprobadas en la Junta donde has sido nombrado Presidente, por lo tanto la Junta si aprueba las cuentas se darán por buenas. Otra cosa es que tu veas como Presidente cosas que no te gusten y si las consideras de importancia suficiente las saques en la próxima Junta para discutirlas y actuar en consecuencia. Por lo tanto tu responsabilidad se limita a partir de la fecha en que eres nombrado como tal. 

Con respecto al cambio del administrador, no son 3/5 partes. En 2ª convocatoria es la mayoría simple de los propietarios presentes y representados con derecho a voto.

Un cordial saludo.

Miguel

 

Miguel Fernández
Administrador de Fincas colegiado | Graduado Social
691564359 - Fijo y Fax. 915050900 | mfernandez@adminfergal.es | www.adminfergal.es
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