Volver al foro
ANGELLUISHERNANDEZ
ANGELLUISHERNANDEZ
12/06/2014 11:02

votacion de comunidades

¿Qué porcentaje de vecinos votó a favor de quitar al conserje en una reunión de una comunidad de 96 vecinos?

2.803 lecturas | 7 respuestas

Hola ya se que se han explicado los tantos porcientos en las votaciones pero este caso no lo entiendo, ellos dicen que si se quita el conserje que lleva desde siempre.                                                                                                    En mi comunidad de 96 vecinos hubo una reunion para prescindir del conserje de fin de semana a la reunion asistieron 25 personas de las cuales 14 votaron a favor de quitarlo y 11 en contra de quitarlo, no se el % si ha salido que se quita o que no

 
M
MRV
18/06/2014 09:53

El problema que comenta virreinasmalaga no es un problema de la empresa de limpieza sino de los propietarios que le dan su representación para las Juntas.

Las comunidades se rigen por los acuerdos de los propietarios y si una mayoría suficiente de estos le da su representación para las Juntas al señor de la limpieza, la minoría que le quiere cancelar el contrato, poco o nada puede hacer.

Lo mejor que pueden hacer es algo parecido a lo que hace el señor de la limpieza y es recabar representaciones de los propietarios afines a Vds. que no puedan/quieran ir a la Junta para conseguir una mayoría lo suficientemente amplia para poder aprobar el acuerdo de cancelar el contrato.  Mientras esto no ocurra y los que quieren que se mantenga el contrato estén en mayoría, va a ser casi imposible cancelarlo.

Mientras ellos busquen y obtengan votos y Vds. no, ellos seguirán en mayoría y Vds. en minoría.

 
V
virreinasmalaga
18/06/2014 00:53

hola, mi consulta es la siguiente.

hoy mismo se ha votado en junta no se sí ordinaria o extraordinaria la renovación del cargo tanto del administrador como de la compañía de mantenimiento y limpieza. El caso es que ya llevamos varios años sufriendo el manejo del señor de la empresa de limpieza que se dedica cada vez que hay reunión para  cesarle o para continuar con sus servicios a pedirle a un determinado número de vecinos que firmen la autorización por no asistencia y el personalmente se encarga de recogerlas, y distribuirlas entre dos o tres vecinos que se personan a la hora de realizar la votación dejando al resto de los participantes sin poder para poder decidir cualquier modificación. Además tienen el asesoramiento y la complicidad del administrador que se aprovecha igualmente de dichas autorizaciones para la renovación del cargo. En definitiva estamos gobernados por el señor de la limpieza que a base de crear un grupo de vecinos afines a el maneja la comunidad como a el le parece. ¿Qué se puede hacer ante esta situación?. Muchas gracias.

 
ANGELLUISHERNANDEZ
ANGELLUISHERNANDEZ
14/06/2014 18:06

Hola muy buenas me gustaría saber si se puede impugnar una reunión si en la cual hay 2 votos de vecinos con impagos en la comunidad y con que sólo sea impugnada por un vecino bastaría o no

 
C
comunidadx
14/06/2014 18:05

  Ok. Gracias por la aclaración "pasacero",  no lo tenía claro.

 

  Saludos. José Fco.

 
C
comunidadx
14/06/2014 00:03

  Hola, buenos días Miguel, perdón por la intromisión, pero es que me surge la siguiente duda:

    No habría que tener en cuenta que la votación se lleva a cabo en segunda convocatoria sin quórum y que la doble mayoría de las 3/5 partes se obtendría sobre el total de los asistentes a la junta y no sobre el total de copropietarios???

 

  Saludos. José Fco.

 
ANGELLUISHERNANDEZ
ANGELLUISHERNANDEZ
13/06/2014 23:43

Aparte de eso los vecinos que estén pendientes de pago de alguna cuota de comunidad y encima lleven el papel de representación de otro vecino los dos votos son nulos o no?

 

 

 
Adminfergal
Adminfergal
12/06/2014 19:29

buenas tardes Angel Luis:

Con relación al tema del conserje y a sus votaciones le comento:

El art. 17.3 de la Ley de Propiedad Horizontal, dice lo siguiente: "El establecimiento o supresión de los servicios de portería, conserjería,vigilancia u otros servicios comunes de interés general, supongan o no modificación del título constitutivo o de los estatutos, requerirán el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación.".

Este artículo también va ligado al art. 17.8 de la LPH que dice "Salvo los supuestos expresamente previstos en los que no se pueda repercutir el coste de los servicios a aquellos propietarios que no hubieran votado expresamente en la Junta a favor del acuerdo, o en los casos en los que la modificación o reforma  se haga para aprovechamiento privativo, se computarán COMO VOTOS FAVORABLES los de aquellos propietarios ausentes de la Junta, debidamente citados, quienes una vez informados del acuerdo adoptado por los presentes, conforme al procedimiento establecido en el art. 9, no manifiesten su discrepancia mediante comunicación a quien ejerza las funciones de secretario de la comunidad en el plazo de 30 dias naturales, por cualquier medio que permita tener constancia de la recepción".

Con estos dos artículos nos hacemos la composición de lugar.

Si la pregunta es cancelación de los servicios del conserje, los votos a favor serán a favor de la cancelación de este servicio. Si son Vds. 96 vecinos, haría falta la aprobación de 58 vecinos. Como tienen la aprobación en junta de 14 vecinos le faltaría 44 vecinos para dicha aprobación. Si los propietarios ausentes no mandan una carta en contra de la decisión, tienen potencialmente 71 vecinos que con su silencio aprobarían de forma tácita la anulación del conserje para los fines de semana.

Mi recomendación es que si Vds. están muy interesados en que se mantenga el conserje vaya puerta a puerta a todos los vecinos y les firmen cartas individualizadas para enviárselas al administrador. Con que le firmen 38 vecinos el deseo de no cancelar este servicio, no se podría cancelar. Como ya tienen 11 votos de la junta, solo necesitan 27 votos mas para que no se quite el servicio. Ojo que tienen 30 días a partir de la fecha de recepción del acta. si pueden ser algún vecino mas de los 38 mejor.

Reciba un cordial saludo.

Miguel.

 

Miguel Fernández
Administrador de Fincas colegiado | Graduado Social
691564359 - Fijo y Fax. 915050900 | mfernandez@adminfergal.es | www.adminfergal.es
Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 

Fin del hilo
Mensajes Relacionados
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal y Política de Privacidad  |  Política de cookies  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento