buenas tardes Angel Luis:
Con relación al tema del conserje y a sus votaciones le comento:
El art. 17.3 de la Ley de Propiedad Horizontal, dice lo siguiente: "El establecimiento o supresión de los servicios de portería, conserjería,vigilancia u otros servicios comunes de interés general, supongan o no modificación del título constitutivo o de los estatutos, requerirán el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación.".
Este artículo también va ligado al art. 17.8 de la LPH que dice "Salvo los supuestos expresamente previstos en los que no se pueda repercutir el coste de los servicios a aquellos propietarios que no hubieran votado expresamente en la Junta a favor del acuerdo, o en los casos en los que la modificación o reforma se haga para aprovechamiento privativo, se computarán COMO VOTOS FAVORABLES los de aquellos propietarios ausentes de la Junta, debidamente citados, quienes una vez informados del acuerdo adoptado por los presentes, conforme al procedimiento establecido en el art. 9, no manifiesten su discrepancia mediante comunicación a quien ejerza las funciones de secretario de la comunidad en el plazo de 30 dias naturales, por cualquier medio que permita tener constancia de la recepción".
Con estos dos artículos nos hacemos la composición de lugar.
Si la pregunta es cancelación de los servicios del conserje, los votos a favor serán a favor de la cancelación de este servicio. Si son Vds. 96 vecinos, haría falta la aprobación de 58 vecinos. Como tienen la aprobación en junta de 14 vecinos le faltaría 44 vecinos para dicha aprobación. Si los propietarios ausentes no mandan una carta en contra de la decisión, tienen potencialmente 71 vecinos que con su silencio aprobarían de forma tácita la anulación del conserje para los fines de semana.
Mi recomendación es que si Vds. están muy interesados en que se mantenga el conserje vaya puerta a puerta a todos los vecinos y les firmen cartas individualizadas para enviárselas al administrador. Con que le firmen 38 vecinos el deseo de no cancelar este servicio, no se podría cancelar. Como ya tienen 11 votos de la junta, solo necesitan 27 votos mas para que no se quite el servicio. Ojo que tienen 30 días a partir de la fecha de recepción del acta. si pueden ser algún vecino mas de los 38 mejor.
Reciba un cordial saludo.
Miguel.