Buenas tardes Paquito:
Se supone que la demanda a la constructora se hizo con una peritación judicial previa. Esta peritación judicial se hizo en los pisos donde se tuvieron acceso. Deberá Vd. mirar si se hizo solo por los pisos a los que accedieron o se dió por resultado que como todos los pisos tenían la terraza en las mismas condiciones se solicitó a la constructora una indemnización por la totalidad de los pisos (espero que tenga acceso a la peritación judicial). Si se hizo por todos los pisos, nada mas que hablar. A Vd. le corresponde el arreglo de su terraza. Si la peritación judicial se hizo por los pisos a los que tuvieron acceso y no por la totalidad y se dió tiempo suficiente a Vd. para que se accediera a su casa, y por un motivo o por otro no estuvo al tanto, evidentemente nace la disparidad de criterio.
Si todos los pisos de los áticos tienen un defecto en la terraza es evidente que aunque no esté peritado su piso, tiene derecho al arreglo, ahora si como dice Vd. "mi terraza y otras muchas de la comunidad" tenían este problema, parece evidente que los que se informaron y se preocuparon por estar presentes en ese proceso, lo hicieron y vd. por diferentes motivos no aviso de esa situación. Me imagino que la Junta directiva y el Administrador les avisaría con tiempo suficiente, se colocaría carteles anunciado el plazo para avisar a la Junta o al Administrador y a pesar de todo, vd. no informó. Un descuido que a Vd. le podría perjudicar.
Recuerde por otra parte que el hecho de que vd. haya pagado la reclamación vía judicial, no es obice para que se piense que por este motivo todo el mundo tiene derecho a reparar todos los defectos de la constructora. Se supone que el dinero de la reclamación judicial puede haberse pagado por anticipado desde los fondos de la comunidad, pero dicho dinero es posible que haya vuelto a la comunidad una vez conseguida la indemnización.
Por otra parte si nos vamos a la Ley de Ordenación de la Edificación, en su artículo 4, punto 5º nos dice los plazos en los cuales se pueden reclamar los diferentes problemas estructurales, de habitabilidad, etc.. Si la comunidad decidió hacer una reclamación colectiva por las terrazas del edificio, reclamó aquellas donde había este tipo de defectos de construcción. Se supone que allí donde se pudo acceder se tomó buena nota y aquellos que no dijeron nada es porque supuestamente no había defecto que corregir.
Se supone que vd. fué avisado de diferentes maneras y se le dio un plazo para contestar.
Se supone por otra parte que el hecho de que haya varios vecinos que estén en contra de arreglarle la terraza es porque entenderán que vd. no se preocupó de anunciar su irregularidad y querrán destinar ese sobrante de la comunidad para otros menesteres que no sea el arreglo de su terraza.
Imagínese que en vez de tener 60.000 € de fondo la comunidad, cuando se hubiera realizado las obras de las terrazas que aparecían en la peritación judicial, no hubiera quedado un euro. Vd. cree que la comunidad pagaría su obra del bolsillo de todos los comuneros?.
Espero que en la reunión vaya este punto en el orden del día y se pueda discutir abiertamente por parte de todos los propietarios. Desde mi punto de vista, su obra es de mantenimiento del edificio y solo requiere la mayoría simple de los propietarios presentes y representados con derecho a voto. desde luego si yo fuera Presidente de la comunidad y si solo es Vd. quien tiene este problema, intentaría solidarizarme e intentar influir para que se le haga la obra a cargo de los fondos de la comunidad, porque si no fuera legalmente así, entiendo que no podría ir contra la Comunidad sino que debería ir directamente Vd. contra la constructora, ya que en su momento no dejó constancia de su problema en su terraza. Espero que si tiene que ir contra la constructora esté en los plazos para poderlo reclamar judicialmente.
Un cordial saludo.
Miguel.