hola, tengo un parking cuya comunidad de propietarios es independiente a la comunidad de propietarios del bloque de viviendas. En el bloque van a construir una rampa de acceso al vestíbulo porque parece ser que uno de los propietarios de una vivienda va en silla de ruedas. ¿Los propietarios del parking estamos obligados a afrontar esa derrama? según la comunidad de viviendas sí, aunque no determinan en base a qué artículo de qué ley. Dicen que como hay una entrada en el vestíbulo que da al parking. Pero esa entrada no se utiliza. La mayoría de propietarios del parking no son propietarios de vivienda en ese bloque y ni siquiera tienen llaves de la portería.
en base a qué ley/artículo tienen ellos razón o en base a qué ley/articulo tendríamos razón nosotros al negarlos a pagar esa derrama, ya que no es un elemento estructural como tal?
si no estuviera la entrada del vestíbulo al parking estaríamos obligados igualmente?
gracias