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A
avealvia
15/08/2014 01:14

Propietarios Morosos

1.861 lecturas | 3 respuestas

Puede ponerse en el tablón de anuncios de la Comunidad de Propietarios la relación de propietarios morosos si lo aprueba la Junta de Propietarios.

 
S
snzs
15/08/2014 17:28
Pasacero,

Esa nota de prensa que ha facilitado usted dice lo mismo que digo yo, no lo que dice usted, con lo que no entiendo a dónde quiere llegar con la misma.

Un saludo
S&T
Administradores de Fincas
Abogados
cristina.gs_10176@cafmadrid.es
Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 
S
snzs
15/08/2014 14:37

No comparto su opinión pasacero, la publicación de los morosos en el tablón de anuncios sólo podrá efectuarse con carácter subsidiario cuando se acredite que se han intentado las notificaciones al deudor por todos los medios posibles, resultando infructuosas. Los artículos 9.1 y 10 de la ley de protección de datos son muy claros al respecto.

Un saludo

S&T
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S
snzs
15/08/2014 09:39
Buenos días,

yo no lo haría puesto que están expuestos a una sanción de 6000 euros por la aepd. Y además le advierto que cada vez son más las sanciones que se imponen por este motivo. La publicación en el tablón de anuncios debe ser la última posibilidad, agoten todas las vías antes.

Un saludo
S&T
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