Hola Coxini:
Con respecto a su pregunta decirla que la instalación de una persiana allí donde en el resto de las viviendas no la hay y además se supone que la instalación va a realizarse en la fachada principal, se puede dar por sentando que podría alterar la estética del edificio con lo que sería conveniente que llevara este tema a la Junta de Propietarios y que se apruebe por unanimidad. Espero que al ser una persiana igual al resto de la vivienda pero mas pequeña no le pongan ninguna pega.(Se estaría incumpliendo el art. 7.1 de la LPH).
La Jurisprudencia al respecto es variada. Hay jueces que son tajantes con este tema y hay otros jueces que no le dan mayor importancia, pero ante una posible demanda de la comunidad mi criterio es el comentado anteriormente.
Reciba un cordial saludo.
Miguel.