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Cazaorcos
Cazaorcos
23/09/2014 12:58

Zonas comunes

¿Pueden obligarme a abrir mi zona común en una urbanización de propietarios?

1.625 lecturas | 2 respuestas

Hola. Buenos días.

Tengo una duda sobre las zonas comunes.

Me alquilé hace dos años una casa, en una comunidad de propietarios en urbanización. Con sus terrazas, su trocito pequeño de jardín y demás.

La entrada a la urbanización es por dos lugares. La calle donde figura la dirección de la urbanización privada, que es la entrada oficial y por la que acceden 6 de los 8 vecinos que la componen, y otra entrada (digamos trasera), que por la que accedemos otro vecino yo.

Las ocho viviendas que forman la urbanización están rodeadas de terrazas y mini jardines, que todo el mundo ha ido vallando a su entender supongo, a lo largo de los años, y que ahora cuando las ves, pues todas tienen sus terracitas y jardincitos privados y vallados. Pero es así como ha estado un montón de años y es así como yo me lo encontré y alquilé sin saber que "antes" eran zonas comunes por lo visto.

El problema ha surgido cuando por discrepancias con un vecino, presidente por cierto, porque nos hemos opuesto a algunas de sus decisiones dictatoriales y el estaba acostumbrado al "si señor" por parte de todos los demás, en una junta extrarordinaria han decidido que yo abra mi zona común para que el que quiera pueda pasar y utilizar la puerta trasera cuando quiera, y claro, para ello, que tengo que tener al perro atado todo el día porque así como está suelto, al vecino que quiera pasar (nunca jamás he visto a nadie ni siquiera con la intención de salir por esa puerta...) le da miedo, y yo no puedo tener al perro suelto en esa "zona común".

Mi arrendadora dice que no tenía ni idea de que fuera zona común, y la creo, pues ella lo compró ya como está, y al cabo de unos años lo puso en alquiler.

Especifico también, que para salir por la parte trasera de la urbanizacion, la que da a mi casa, también se puede salir por las terrazas del otro vecino, pero a él no le han pedido que abra su zona, ni por descontado a ningún otro vecino.

Les he dicho que no pienso abrir nada, ni atar al perro hasta que todos y cada uno de ellos procedan a tirar sus cerramientos, y dejar sus jardines tan zona común como los míos, ya que yo también tendré derecho a pasearme por sus zonas si me apetece, no?

En fin, lamento el rollo, solo quería saber si pueden intentar obligarme a que sea solo yo la que abra mi zona....y ellos no.

Para terminar, la propietaria de mi vivienda me dice que no hubo ningún tipo de convocatoria a esta reunión extraordinaria, que se le avisó tres días antes por wasapp. Ella no acudió porque no pudo.

Puede impugnar el acta?

Muchas gracias.

 

 

 
Cazaorcos
Cazaorcos
24/09/2014 12:11

Muchas gracias.

 

 
fincasmistral
fincasmistral
23/09/2014 13:31

Buenos días,

En estos casos los propietarios que se han apropiado de un elemento común durante años suelen utilizar el argumento de que vale el consentimiento tácito; no obstante la jurisprudencia suele decantarse hacia que por muchos años que pasen el "trocito" sigue perteneciendo a la comunidad.

Le aconsejamos que consienta el uso de esa parte de las zonas comunes pero como no es justo que los demás las sigan utilizando, inste a la propietaria a que se demande al resto pues seguramente el juez falle a su favor.

En cuanto a la convocatoria, no se hizo de manera correcta: El artículo 16.2 de la Ley de Propiedad Horizontal dice  que:

"las citaciones a Junta se realizarán conforme al artículo 9 LPH, es decir, en el domicilio en España que a efectos de citaciones y notificaciones el propietario haya comunicado al Secretario de la Comunidad"

 

Un saludo.

El equipo de Fincas Mistral

Nota: Esta respuesta se basa en nuestra opinión y puede ser mejorable y/o ampliable.

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