Buenos días, soy nuevo en el foro, a ver si me podéis ayudar...
En primer lugar , me surge la duda de si rescindir los servicios del conserje ( despido) se puede considerar como un gasto extraordinario, yo entiendo que si ya que habría que celebrar junta extraordinaria y hacer una derrama para pagar la indemnización.
Por otro lado, tenemos un cambio en la administración, y el antiguo administrador se niega a trasladarnos los lbros y cuentas ... ¿Existe la obligación legal de dárselos al nuevo administrador?... el 19.4 LPH dice bien claro que el administrador debe tener los documentos de los últimos 5 años...