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luigirubio2
24/09/2014 10:35

Despido del Conserje y no entrega de las cuentas y libros del antiguo administrador.

¿Es el despido del conserje un gasto extraordinario? ¿Y existe obligación legal de entregar los libros y cuentas al nuevo administrador?

2.035 lecturas | 4 respuestas

Buenos días, soy nuevo en el foro, a ver si me podéis ayudar...

En primer lugar , me surge la duda de si rescindir los servicios del conserje ( despido) se puede considerar como un gasto extraordinario, yo entiendo que si ya que habría que celebrar junta extraordinaria y hacer una derrama para pagar la indemnización.

Por otro lado, tenemos un cambio en la administración, y el antiguo administrador se niega a trasladarnos los lbros y cuentas ... ¿Existe la obligación legal de dárselos al nuevo administrador?... el 19.4 LPH dice bien claro que el administrador debe tener los documentos de los últimos 5 años... 

 
ADASgestion
ADASgestion
26/09/2014 17:42
somos3.

respuesta totalmente fuera de tono y despectivo a toda persona que partcipa

si conoce al mejor que le indique las mejores respuestas y las expresa en el foro

mejor no perder tiempo con Vd.
ADASGestión (Administración de Fincas y Asesoría Jurídica)
Tfo: 639308215 | adasgestion@gmail.com
Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 
ADASgestion
ADASgestion
26/09/2014 14:14

Si su nuevo administrador es colegiado y no esta dando los pasos para recuperar la documentacion del anterior no puedo decirle mas que no sabe por donde le da el aire, busque alguno mas eficiente.

Sobre el despido del conserje deberian haber sopesado esta actuacion y tener amonestaciones escritas que ayuda mucho

Les aonsejo que tes de actuar estudien los pros y contras asi como los costes

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luigirubio2
24/09/2014 11:19

Perdón, aclaro que el despido del conserje es para contratar a uno nuevo. El servicio sigue interesando a la comunidad pero no la persona que lo realiza.

 
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luigirubio2
24/09/2014 11:16

Muchas gracias por la contestación Pasacero.

De todas formas, habrá convocar junta extraordinaria para poder tomar la decisión de despedir, y para aprobar la demarra que conlleva la indemnización ?

Que repercusión tiene que no se considere un gasto extraordinario? Tenía entendido que cualquier derrama se habría de considerar como gasto extra... 

Gracias por su atenderme espero que me resuelvan estas dudas.

 

Fin del hilo
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