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L
luismi78
01/10/2014 15:38

Sueldo del Presidente

¿Qué repercusiones puede tener denunciar la retribución económica del presidente de la comunidad?

8.220 lecturas | 5 respuestas

Buenas tardes,

Nuestro presidente viene cobrando una retribución econòmica de hace más de 10 años por ejercer este cargo. Es cierto que se acordo por junta, pero ahora no quiere tratar de nuevo el tema para que no le quiten ni el cargo ni el sueldo (debido a que le va muy bien hacer lo que quiere) Ejerce de presidente, secretario y administrador de vez, y nadie tiene opción a ver nada de la comunidad que no sea él.

Quiero denunciar toda la situación en sí, pero el tema económico no sé si es buena idea denunciarlo en hacienda.

¿Qué repercusiones puede tener sobre toda la comunidad? o solamente recaerian sobre él que és quien cobra?'

Muchas gracias.

 
J
juan35sanz
06/10/2014 18:52

adajestion  si un solo propietario  pide incluir en el orden del dia  un punto   que interese  cambiar o estudiar se puede  no hace falta el  25.

 
P
PEPE123
01/10/2014 19:01

No sé si hacen juntas ordinarias, al menos la anual en la que se aprueban las cuentas del ejercicio que termina y el presupuesto para el siguiente.

Si no la hacen, tienen que pedirle que la convoque, y si no quiere, unirse un 25% de propietarios o cuotas, y convocarla.

En esa junta, uno de los puntos del orden del día debe ser "renovación de cargos", y entonces deciden quien será el presidente para el próximo año. Y no sirve para nada el posible acuerdo de hace 10 años en cuanto a la duración del mandato, la LPH es clara, los cargos son anuales, y anualmente se deben renovar.

Y, en cuanto a cobrar, si los propietarios están de acuerdo (yo diría que por ejercer de administrador más que de presidente, pero es solo un matiz), pues no hay problema, se le paga y punto, PERO con la correspondiente factura que debe emitir a nombre de la comunidad, por supuesto con iva, y si factura como persona física con su retención de IRPF.

 

 

 
Editado por PEPE123 01/10/2014 19:02
 
ADASgestion
ADASgestion
01/10/2014 16:57

con que lo pida un vecino no es suficiente para admitir un punto del dia el Presidente,

Si ,si lo solicitan el 25% ya que tambien pueden pedir una junta extraordinaria con los puntos del dia que les interesen,

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V
VecinoCeuta
01/10/2014 16:54

Aquellas decisiones adoptadas en Junta se deben respetar, pero no es cierto que sean vitalicias, se pueden volver a votar si así lo quieren los vecinos. Con que un único vecino lo plantease, deberia incluirse en la Orden del día de la pertinente Junta, otra cosa es que se haga el loco porque no le interesa. En este caso podrían convocar una junta un 25 % de los vecinos, que representasen el 25 % de la Comunidad, estando obligado el Presidente a respetar los puntos solicitados. Si aun así se niega tiene obligación de darle las direcciones de contacto para que la convoquen ustedes directamente, siempre respetando los porcentajes antes dichos.

 
ADASgestion
ADASgestion
01/10/2014 16:50

seguramente no cobrara por servicios prestados con deduccion de IRPF, verdad?

Ya que le pagan por hacer lo que quiere que sea de forma legal, vera como se le bajan los humos.

Cuanto cobrante en B hay por ahi.

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