La verdad es que es muy raro eso de “hipotecar” el futuro decidiendo hoy las subidas de próximo años sin limite.
Pero si el tema estaba en el orden del dia de la junta, el acuerdo es valido (comprueba que efectivamente el sueldo del conserje estaba en el orden del dia y como se escribe en el acta) y será valido hasta que una junta decida otra cosa (puede ser un 5%) … también por mayoría simple.
Pero ojo, para que una futura junta pueda volver a tratar el tema, este debe estar en el ORDEN DEL DÍA. Tienes que exigir desde ya al Presidente por un medio fehaciente (burofax) que en el orden del dia de la próxima Junta se incluya la “revisión sueldo conserje” o algo parecido. El artículo 16.2 de la LPH es imperativo, el Presidente incluirá en el orden del día los asuntos de interés que le requiera cualqueir vecino … pero yo me he encontrado presidentes que se saltan eso obligándote a litigar.
¿Qué hace el conserje por el Presidente (o por quien “liedere” la comunidad) para conseguir esta ventaja? Piénsalo, quizás se esconde algo mayor que una “simple” subida sin sentido.
Editado por AltosMarbella 25/8/2018 10:44