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L
luismi78
01/10/2014 15:41

Puntos orden del día.

¿Es obligatorio para el presidente de una comunidad incluir puntos en el orden del día solicitados por los vecinos?

1.336 lecturas | 1 respuestas

Nuestro presidente se niega a incluir puntos al orden del dia que le solicitan los vecinos.

Se le notifican por escrito, con burofax con acuse de recibo y declaración de contenido y aún así no los incluye al orden del día porque dice que se necesita la quarta parte de propietarios o cuotas.

Yo me baso en el articulo 16.2 ley propiedad horizontal, aunque sea de Cataluña. Ya que este precepto no viene establecido en el codigo civil catalan.

Tengo entendido que és de su obligación incluir los puntos al orden del dia. Me lo pueden aclarar por favor?

Muchas gracias.

 

 
V
VecinoCeuta
01/10/2014 16:56

Debería respetar lo solicitado por el resto de Propietarios, no es a arbitrio del Presidente, el problema es que convocando él se haga el loco con aquellos que no le interesa incluir sabiendo que no van a recurrir a la vía legal.

 

Fin del hilo
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