Os comento mi duda.
En nuestro edificio tenemos una amplia terraza de unos 700 m2 con piscina. El suelo de la terraza está a la altura de los primeros pisos, que tienen uso y disfrute de su parte de terraza vallada.
La terraza tiene el suelo en parte mal realizado, levantandose las losetas (asentadas sobre una base que es mas arena que cemento). Algun vecino tambien dice que tiene humedad y la relaciona con el mal estado de la terraza.
Se realiza una junta y se decide arreglar la terraza, quitando las losetas y cambiandola por hormigon pulido. Los vecinos que tienen su parte de terraza pagarian su parte y el resto de terraza entre todos los vecinos (una treintena). Curiosamente se aprueba el presupuesto de un vecino que se dedica a ello. Se decide informar de la cuota a pagar a cada vecino.
Se convoca por parte del presidente una junta extraordinaria para ello. El orden del dia es:
1.- Aprobacion de la junta anterior
2.- Cuota reparacion terraza XXX,XX€
3.- Ruegos y preguntas
El importe XXX,XX es distinto para cada vecino, dependiendo de su porcentaje y si tiene o no terraza.
Ahora aqui empieza el follon. Ademas de la treintena de vecinos hay 5 locales. Puedo suponer que o bien no se les informara de la junta o bien en cuota de reparacion de terraza apareciera 0 euros (algo extraño), y lo digo por dos razones: 1.- porque en la primera junta no se mencionó nada sobre los locales y 2.- porque yo ademas de vecino soy propietario de un local y la cuota de la que se me informa es la que corresponde por porcentaje a mi piso.
Empieza la reunion y en el segundo punto (y aqui empieza mis dudas y discrepancias) lo primero que informa el administrador es que hay que votar si los locales pagan o no. Se informa de ello (se hace saber qué es lo que pagan los locales hasta el momento, seguros y no sé que más) y se procede a la votacion (que sale, con solo dos propietarios de los locales presentes, ambos con piso y ambos informados por la orden del dia del pago de cuota de reparacion de terraza de su piso). Se aprueba que pagan los locales, que se hace la obra y que se pasará a cada propietario la nueva cuota.
Hablo en los dias siguientes con dos de los propietarios de los locales que no acudieron y me dicen que no les avisaron (ya he dejado comentado que no me extraña y si se les hubiera avisado en su cuota de terraza hubiera puesto 0€, algo extraño.. ¿quien hubiera ido a una reunion para pagar una cuota de 0€?)
¿Os parece correcto el proceso? Más allá de que se le haya avisado o no a los locales (siempre puede achacarse que se ha perdido la carta o email por ejemplo). ¿Se deberia haber respetado el orden del dia?¿No se debería haber impedido que se votara lo de los locales?¿Se puede impugnar por no aparecer en el orden del dia lo de los locales?
Dias despues me dirigo al administrador y le informo de mi malestar. Me llama la atencion de que me dice que que mas da que se informara o nó de lo de los locales, que qué influiría en la votación (me quedo pasmado) y me dice que de todas formas no habria falta ni haberlo votado porque segun la Ley 08/2013 dice que
"Los trabajos y las obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes, incluyendo en todo caso, las necesarias para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal, así como las condiciones de ornato y cualesquiera otras derivadas de la imposición, por parte de la Administración, del deber legal de conservación"
Yo le digo entonces que tendria que haber optado por esta vía y no por la otra, pero ya que ha optado por la otra, que me parece que el proceso no ha sido limpio.
¿Que opinais? En el caso de que haya que ir por lo de la ley 08/2013 y el parrafo reseñado ¿Habria que pedir algun informe pericial? ¿Que proceso seguir? Necesito vuestra opinion.
un slaudo