Quisiera que me informéis del siguiente asunto: Soy presidente de una comunidad y queremos impugnar el ultimo acta, tengo entendido que solo puede impugnarla un vecino que no ha asistido a la asamblea y por lo tanto no ha votado o bien un vecino que ha salvado su voto en la asamblea, quiero que este aspecto me lo confirméis, tambien quiero saber de todo el proceso que hay que seguir para la impugnación, y los gastos que llevaría y quien los pagaría, así como el tiempo de plazo para presentar la impugnación y donde, muchas gracias.