Hola Cacu85.
Si Vd. decide cambiar la ubicación del cuarto de baño por conveniencia propia o simplemente porque la reubicación de los mismos sea más practico para Vds.,las modificaciones que tenga que realizar la deberían hacer a través del suelo de su vivienda. Cualquier actuación que se haga en el interior de una vivienda corresponde pagarla al propietario que ha decidido realizarla.
Vd. no debe hacer responsable en n ingún caso a la Comunidad, de una decisión personal. La respuesta que le han dado es la menos dura. Hay otros Presidentes, o en otras Comunidades que ni siquiera le hubieran dado esta opción. Simplemente le habrían dicho que la única opción es hacerlo a través del interior de su vivienda. Para hacer una actuación fuera de la vivienda haciendo una bajante propia de acceso al pozo común, es una decisión que se debe de tomar por la unanimidad de los propietarios. Tenga en cuenta que sea por el patio o sea por la fachada principal existe una modificación en la estructura del edificio.
Por otra parte imagínese que en un futuro deciden aprobar elponer una bajante para vds. Que pasará con la misma si se rompe ?. Hay un chispero del cual sale agua (aguas fecales), malos olores y humedades. Quien cubriría esos problemas, el seguro de la comunidad?. Seguro que no, porque es una bajante privativa.etc.
Mi recomendación es que haga la obra por el interior de su vivienda y lleve las canalizaciones a las bajantes generales para evitar otros problemas mas graves a futuro.
Un cordial saludo.
Miguel.