Buenas:
En mi comunidad, tenemos asignados uno porcentajes a los locales de la planta baja.
Actualmente se ha reparado el tejado completo del edificio.
¿Es correcto y/o legal para el calculo de la parte que deben abonar los locales utilizar el porcentaje que les corresponde del total de la obra del arreglo del tejado?
¿O deberia hacerse el calculo de otra forma?
Gracias.