No entiendo el planteamiento de pasacero, pero menos entiendo la "explicación" de que no compensa demandar mientras no deban más de 3.000 Euros ¿¿??
Cada caso es particular y merece su estudio:
- Si el moroso tiene un situación de ejecución hipotecaria, es posible que sea mejor esperar a que se lo adjudique el acreedor y cobrarle la afección real (tres años más el natural en el que se lo adjudique).
- Si el moroso es "profesional", es decir, sabemos que se opondrá al monitorio, no tiene sentido interponerlo, y será mejor irnos al declarativo que corresponda directamente (ganaremos tiempo).
- Y así un largo etc.
En cualquier caso lo que NO se debe hacer es "quedarse quieto"