El cerramiento de la terraza necesita dos permisos:
Comunidad de Propietarios: debería haberse convocado una Junta y acordar la autorización del cerramiento, pero dicha autorización es tácita, si tiene el cerramiento ya ejecutado y no existe ninguna demanda al respecto no podrían ordenar (civilmente) su retirada.
Ayuntamiento: es necesario una licencia municipal para ejecutar esta obra, este si podría ser el prolbema, pero si consigue demostrar que la antigüedad del cerramiento es superior a 4 años la acción habrá prescrito para el Ayuntamiento y no podrán obligar a su demolición. Un medio de prueba aceptado son las imágenes de Google Street View.