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ascensor

¿Es necesario tener mayoría absoluta para instalar un ascensor en una comunidad con un 48,3% de votos a favor y un 46,5% en contra?

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hola

haber si me podeis ayudar es lo siguiente en mi comunidad, hay una persona con una invalidez del 66% y en una votación salio el 48,3% que si,  el  46,5% que  no y el 5,20% abstención .

Como se necesita mayoría simple el administrador dice que no se puede poner porque no se pasa del 50%.

 

Sabeís si es así, o por el contrario al ser mayor porcentaje el si se puede poner el ascensor.

 

Muchas gracias

 

 

articulo 17.2

Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 10.1 b), la realización de obras o el establecimiento de nuevos servicios comunes que tengan por finalidad la supresión de barreras arquitectónicas que dificulten el acceso o movilidad de personas con discapacidad y, en todo caso, el establecimiento de los servicios de ascensor, incluso cuando impliquen la modificación del título constitutivo, o de los estatutos, requerirá el voto favorable de la mayoría de los propietarios, que, a su vez, representen la mayoría de las cuotas de participación.
Cuando se adopten válidamente acuerdos para la realización de obras de accesibilidad, la comunidad quedará obligada al pago de los gastos, aun cuando su importe repercutido anualmente exceda de doce mensualidades ordinarias de gastos comunes.

José Saz Bonilla
c/ lago Míchigan, 20
28521 Rivas-Vaciamadrid
644003088
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ageic@ageic.es
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Muchas gracias a todos por vuestra aclaración

 
M
mardedudas40

Recuerdale a tu administrador que se lea la ley de supresion de barreras arquitectonicas.

 

Tener más del 50% de los votos posibles es mayoría absoluta. Mayoría simple es más votos a favor que en contra. Aquí alguien se ha hecho un pequeño lío.

 

Fin del hilo
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