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C
Chase
23/09/2019 20:44

Sustitución de ascensores

¿Es correcto mezclar varias opciones para determinar la mayoría?

1.278 lecturas | 4 respuestas

Estimados señores:

Mi Cdad consta de 5 edificios con sus respectivos ascensores. El administrador nos convocó a una Junta en Mayo, en el orden del día, entre otros puntos había uno que decía:

Ascensores Comunidad.- “Petición de aumentar una parada en el Portal “X”, para acceder a las viviendas 4º C-D ,- Sustitución de todos los ascensores o en su defecto instalación de fotocélulas,- Acuerdo a adoptar y financiación”.

En el Acta de aquella Junta y sobre este punto escribió:

-”Sustitución integral de todos los ascensores con ampliación de parada en el del portal “X”.  8 Votos
- Sustitución únicamente del ascensor del portal “X”, con ampliación de parada. 7 Votos
- No hacer nada hasta que por Ley sea obligatorio (no eliminar la barrera arquitectónica y no sustituir los ascensores) 5 Votos.Por consiguiente y a tenor del resultado de la votación, se aprueba, por mayoría, la sustitución de los actuales ascensores, así como la eliminación dela barrera arquitectónica existente en el portal X, mediante la ejecución de una nueva parada, para que el ascensor pueda llegar a esa planta superior”.

Poco después nos escribe el administrador: “Estimados vecinos:

En relación con el acuerdo adoptado en la pasada Junta General Ordinaria, en la que se aprobó la sustitución de los ascensores, y toda vez que se han recibido numerosas oposiciones al acuerdo adoptado, por parte de propietarios no asistentes, la Junta de Gobierno, ha decidido paralizar cualquier actuación al respecto y volver a reconsiderarlo en una Junta General Extraordinaria, que se convocará a tal efecto, en la segunda quincena del mes de septiembre”.

Ahora el administrador nos convoca con el siguiente:”Orden del Día

Punto Único: Ascensores: ampliación parada en portal “X”; sustitución ascensores; instalación fotocélulas. Acuerdo a adoptar y financiación”.

Sobre el Acta y la forma de determinar las mayorías me sorprende que siendo 8 los votantes a favor de la sustitución de todos los ascensores, y 7 a favor del aumento del recorrido de uno de ellos en una parada o piso más, y otros 5 votos, por no hacer nada, se adopten las dos primeras. Cuando entiendo que los 7 y los 5 que votaron en contra de la 1ª son 12, que son mayoría frente a los 8 que votaron por la 1º.

Pronto tenemos otra Junta y quisiera saber si es correcto mezclar varias opciones y sacar el resultado que ha sacado el administrador.

Gracias

Chasé

 
C
Chase
04/10/2019 08:56

Muchas grscias por su respuesta, pero hubo otra lectura diferente. En aquella Junta, a la que no asistí y de la lectura del Acta yo saqué esta conclusión: Votaron a favor del cambio de los 5 Ascensores 8 Votos. A favor solo de aumentar el recorrido de uno ellos (por supresión de barreras arquitectónicas, no obligatorias aún) 7 Votos. No hacer nada 5 Votos. 

Personalmente entiendo que aquella forma de hacer la votación es incorrecta, dado que la mayoría y cualquiera puede entender que si bien hubo 8 votos a favor de la 1ª opción, no se preguntó quienes estaban en contra, sino que el administardor supuso que quienes votaron a favor de la 2ª también estabana favor de la 1ª y no en contra.

En la 2ª Junta quedó demostrado que era así, los 7 que votaron la 2ª opción estaban en contra de la 1ª, más los 5 votos de quienes estábamos en contra de ambas suman 12 que son más que 8. Por tanto entiendo que la conclusión sacada de aquella Junta era incorrecta.

Lo mismo puede pensarse de la 2ª conclusión; quienes estaban a favor de la 2ª opción: 7 Votos, y quienes estaban a favor de la 1ª estaban en contra de la 2ª: 8 votos y por tanto 8+5=13 votos en contra.

En la 2ª votación en la 2ª Junta ya realizadá resultó : 23 votos en “contra” y solo 5 a favor de la sustitución de todos los Ascensores. Así entiendo se deben efectuar las votaciones: Votos a favor y Votos en contra.

Sobre pa posibilidad de aumentar el recorrido de uno de los ascensores, también salió en contra pues quien lo solicitó ni está discapacitado ni tiene 70 años.

Gracias por su respuesta.

Chasé

 
C
Chase
04/10/2019 08:30

Perdonen, el Administrdor envía la citación, quien la ordena es el Presidente. La 2º Junta se efectúo y se votó correctamente. Diferenciando quienes estaban a favor del cambio de todos los ascensores y quienes no. De la Votación salió que solo 5 propietarios estabana favor y 23 en contra.

Muchas gracias

Chasé

 
carolinevega
carolinevega
23/09/2019 21:56

el art.17.2 indica:

2. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 10-1 b), la realización de obras o el establecimiento de nuevos servicios comunes que tengan por finalidad la supresión de barreras arquitectónicas que dificulten el acceso o movilidad de personas con discapacidad y, en todo caso, el establecimiento de los servicios de ascensor, incluso cuando impliquen la modificación del título constitutivo, o de los estatutos, requerirá el voto favorable de la mayoría de los propietarios, que, a su vez, representen la mayoría de las cuotas de participación.

Cuando se adopten válidamente acuerdos para la realización de obras de accesibilidad, la comunidad quedará obligada al pago de los gastos, aun cuando su importe repercutido anualmente exceda de doce mensualidades ordinarias de gastos comunes.

eso quiere decir que la opción votado tenga más votos y más cuota de participación sera la elejida

en su caso hubo 8, 7 y cinco votos a cada una de las opciones, por lo cual 8 es la que ha conseguido el voto favorable de la mayoría de los propietarios

lea bien esto último

 
A
aserval
23/09/2019 21:23

 Nos dice que el administrador convoca, si es así, lo que salga de esa reunión es nulo de pleno derecho, la ley no le otorga poder de convocatoria.

 

Fin del hilo
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