Hola a todos
Quería haceros una consulta.
En nuestra Comunidad somos 10 vecinos más 1 local que es propiedad de un mercado, el cual abarca los locales de otros edificios anexos.
Según el catastro, el local dispone de 17 enteros de la finca.
A la hora de ver qué gastos pueden ser atribuíbles al local, la Presidenta y yo, que actúo como Secretario, entendemos que los gastos comunes sí que pueden ser repercutidos a los administradores del Mercado: en este caso, el Seguro de la Comunidad y un contrato de Mantenimiento del tejado, del cual les hemos pasado un desglose, por un importe del 17% de dichos gastos.
Este año el edificio cumple 50 años, por lo que hemos pedido también la ITE. A raíz de la misma, el arquitecto técnico nos ha comentado que debemos reparar una serie de desperfectos superficiales en la fachada y, aunque no es obligatorio, sí que nos recomienda pintar la fachada principal una vez hecho, para mejorar la impermeabilización de la misma y así evitar futuros deterioros.
Estamos buscando varios presupuestos por separado de ambas actuaciones, pero querría saber si en dichos gastos, al ser la fachada evidentemente un elemento común, los mercados estarían obligados a contribuir, y si es el caso afirmativo, si estarían obligados en ambas actuaciones o sólo en la de rehabilitación, que es la obligatoria.
Gracias por anticipado y un saludo