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28039
28039
03/07/2016 12:07

Local Exento de gastos del portal.

¿Debo contribuir a los gastos de reparación del techo del portal y tareas de belleza en la ITE si mi local está exento de los gastos ordinarios de mantenimiento y conservación?

2.059 lecturas | 3 respuestas

Buenas, tengo una duda, segun el titulo constitutivo o estatutos el local esta exento de los gastos ordinarios de mantenimiento y conservacion,  limpieza y  energia electrica del portal/escalera, ahora bien, se va a pasar una ITE y quieren pintar y realizar tareas de “Belleza” se deterioro el techo del portal debido a una averia de una bajante, tambien debo contribuir a esto? entiendo que es del portal ese arreglo y yo si deberia participar en el arreglo de la bajante. Me lo puden aclarar alguien pues soy lego en esto.

Muchas gracias;)


Editado por 28039 03/07/2016 12:10
 
mafnieto
mafnieto
03/07/2016 15:59

Exacto. La LPH lo que exige es el cumplimiento de obras necesarias y obviamente, las de ornato, no lo son. Un ejemplo: hay que pintar  toda la escalera dado su mal estado. ( obra necesaria) pero al mismo tiempo vamos a comprar unos cuadros para el rellano de cada planta ( esto es ornato no exigible)

Administración de Fincas Miguel Ángel Fraile
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28039
28039
03/07/2016 14:09

Entonces si he entendido bien, el tema de “ Belleza” si estare exento en caso que no este requerido por la ITE y sea un acuerdo en junta por el resto de propietarios, como pintar etc verdad?

Gracias.

 
mafnieto
mafnieto
03/07/2016 13:45

Buenos días,

En lo relativo a los gastos de conservación y mantenimiento del portal y escalera, entiendo que en el Estatuto de la Comunidad le deja expresamente al margen, pero una cosa son las obras de conservación del portal y otra el cumplimiento de lo establecido en la ITE. En este último supuesto,  Tal como le indico en el precepto que le remito,usted en cumplimiento de una obligación administrativa deberá contribuir conforme a su coeficiente en los gastos que le correspondan. Sobre si está obligado a las obras de “belleza” del portal como indica,el artículo también habla de las condiciones de ornato y la obligación a las que quedan sujetos todos. Pero, resumiendo: una ITE es de obligado cumplimiento para todos, usen o no, elportal, estén excluídos de los gastos de mantenimiento ordinario o no del mismo. Lo que sí puede exigir al encargado del seguimiento de la obra que redacte un informe valorando los elementos que la Comunidad debe cambiar y en el caso de las bajantes, si en su caso, es de obligado cumplimiento. Piense no obstante que una bajante es siempre un elemento común, y si el director técnico de la ITE considera que se debe cambiar esa bajante, lo dirá como obligación de todos en cumplimiento de la obligación legal  que el edificio tiene de pasar la ITE

Saludos.

Art.10 Ley de Propiedad Horizontal:

1. Tendrán carácter obligatorio y no requerirán de acuerdo previo de la Junta de propietarios, impliquen o no modificación del título constitutivo o de los estatutos, y vengan impuestas por las Administraciones Públicas o solicitadas a instancia de los propietarios, las siguientes actuaciones:
a) Los trabajos y las obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes, incluyendo en todo caso, las necesarias para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal, así como las condiciones de ornato y cualesquiera otras derivadas de la imposición, por parte de la Administración, del deber legal de conservación.
 

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