Para vuestra información, ya solucioné el tema. Medió mi abogado.
Hay decisiones que la junta de comunidad no pueden decidir. Son las que no son de ley que la decidan, es decir las que vulneran los derechos de propiedad y uso de la propiedad privada. No pueden decidir lo que yo aparque en mi plaza de garaje mientras no lo sea ante la ley. Por ejemplo si yo almacenara productos peligrosos o realizara actividades impropias de una plaza de aparcamiento estaría prohibido.
Si yo puedo aparcar más de un vehículo y quiero hacerlo, no pueden prohibirlo mientras no me extralimite de las lindes de la plaza. Por mucho que le fastidie a los propietarios que yo tenga dos motos o tres o cinco.... si me caben en la plaza y quiero estacionarlas ahí, es a todos los efectos, asunto mío y ellos no pueden impedírmelo.
Un saludo a todos y espero que éste tema os ayude si os encontráis con una situación como la mia.