¿Y si se llegó en su día a un acuerdo "unilateral" para no reclamar la deuda a cambio de "prohibir" el uso de zonas comunes?.
En las Juntas y Actas actuales ya no se hace referencia a este deuda, es decir, es como si no existiera. Además a ese propietario se le excluye de convocatoria a dichas Juntas, por lo que no puede acudir.
Estamos hablando de algo que se remonta a más de 15 años... La comunidad en su día al parecer inició un proceso de reclamación de deuda pero finalizó porque "no se pudo localizar al propietario" (pero esta persona siempre ha estado localizada).
Gracias.