Hola, soy nuevo en el Foro y me gustaría que me ayudasen, el caso es el siguiente:
Soy presidente de una comunidad en la cual tenemos un vecino moroso desde hace cuatro años, debe alrededor de 3.000€, hasta el momento no se le ha reclamado nada de forma oficial (si que le hemos llamado varias veces pero da largas). Ahora ya queremos reclamarle el dinero de forma seria. El caso es que este vecino no vive en el edificio, su vivienda está cerrada, y no tenemos ninguna dirección de correo. Las dudas que tengo son las siguientes:
- ¿Hay alguna cantidad tope para reclamar a través de monitorio o se puede reclamar cualquier deuda?
- ¿Podemos reclamarlo todo o solo lo de la anualidad en curso y el año anterior?
- ¿Qué podemos hacer para avisarle fehacientemente de la convocatoria de la Junta donde se tratará su deuda y del acta donde se apruebe reclamarle judicialmente la deuda ya que no sabemos como localizarlo?
Muchas gracias por la atención,un saludo.