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danadaniela71
22/06/2015 16:23

Cambio de administrador

¿Cómo actuar como presidenta ante una nueva reunión convocada por la antigua administradora?

2.057 lecturas | 5 respuestas

Buenas tardes, vivo en una urb. donde los problemas no acaban nunca. Debido a esto necesito vuestra ayuda y consejo.

Soy la presidenta de dicha urb. desde hace 7 meses, durante este tiempo he pedido a la administradora un balance de todos los gastos y facturas. Solamente una vez vi las facturas y me llamó la atención la existencia de facturas sin concepto que no lo podía explicar. Además, pedí tres veces reuniones sin obtener respuestas de dicha persona. Así que, por mi propia cuenta me fui de puerta en puerta para hablar con los vecinos y ponernos de acuerdo en hacer una reunión. Al final se llevó acabo esta reunión y la administradora fue informada mediante un burofax, aunque ella no participó a dicha reunión. En esta reunión se voto el cambio de administración y de presidente, que me eligieron otra vez a mi la mayoría como presidenta, menos dos familias que son amigas de la antigua administradora. Después de una semana y media recibo un burofax de la antigua administradora (que está de baja de la cuenta bancaria y está avisada para preparar los papeles para entregarlos), que quiere hacer una nueva reunión ya que según ella tiene un 25% de firmas. ¿ Qué podría hacer yo como presidenta en este caso ? ¿ Es aconsejable ir a dicha reunión ? 

Os pido vuestra ayuda y consejos en el tiempo más corto posible.

Gracias. 

 
D
danadaniela71
22/07/2015 14:25

Buenas  tardes.

 

Quiero agradeser a todos que a escrito y a contestado a mi problema , por fin sea acabado todo despues de casi 3 meses, ahora tenemos un administrador de verdad que tiene gana de trabajar y esperamos que apartir de ahora vivimos un poco mas tranquilos

Gracias a todos

 

 
Ecofincas_info
Ecofincas_info
19/07/2015 19:28

Buenas tardes. Le recomiendo que si no le entrega documentación, presente reclamación ante el Colegio de Administradores de su provincia. 

Para no volver a caer en el mismo error, busque un administrador que tenga plataforma 24h para poder revisar toda la documentación de su comunidad.

 

 

 
D
danadaniela71
23/06/2015 18:40

Gracias a todos por respnderme, pues si que todo lo que sea hecho esta bien,gracias a todos

 
J
juqueka
23/06/2015 18:09

Buenas tardes,

soy administradora de fincas y le digo que si usted convocó la reunión (preavisando con antelación a todos los propietarios) y durante la misma se votó por mayoría simple la destitución de dicha persona, el acuerdo es completamente válido (salvo que en el plazo de 30 días desde que usted envíe el acta notificando dicha decisión, reciba el voto contrario a dicho acuerdo de los ausentes y dicho voto contrario superara el nº de votos favorable a la destitución).

Por tanto, usted lo que debe  hacer es:

  1. Redactar el acta de la Junta y enviarlo a todos los propietarios
  2. Esperar 30 días desde que lo envíe. Si los ausentes no se pronuncian se entiende que están conformes con el acuerdo. Si se pronuncian en contra del acuerdo, ganará la decisión que obtenga mayoría simple (es decir, la mitad más uno, contando el voto favorable a la destitución de quienes no se pronuncien)

Respecto a la reunión, las juntas las convocan o bien el presidente o bien la cuarta parte de los propietarios, o un número de éstos que representen al menos el 25 por 100 de las cuotas de participación (pero no la administradora) . Si esta señora cuenta con dicho número de cuotas de participación lo que tiene que hacer es una convocatoria (donde figure el nombre de los propietarios a los que representa y que convocan la junta) la cual ha de enviar a todos los propietarios

Si asiste a dicha junta, por favor pídale que le muestre los escritos de los propietarios donde la autorizan a convocar una nueva reunión y comuníquele (en presencia de todos los asistentes) el acuerdo adoptado en la anterior junta así como la devolución de la documentación.

Pese a lo anterior, convendría también que la comunidad le enviara un burofax con copia de contenido y acuse de recibo (así tendrían una prueba por escrito) avisándola tanto del ceso (cuando hayan transcurrido los 30 días) como de la devolución de la documentación.

Puede "amenazarla" con denunciarla ante la agencia española de protección de datos (es gratuito) si no les devuelve la documentación. 

Espero haberle servido de ayuda

Un saludo

 
J
juqueka
23/06/2015 18:09

Buenas tardes,

soy administradora de fincas y le digo que si usted convocó la reunión (preavisando con antelación a todos los propietarios) y durante la misma se votó por mayoría simple la destitución de dicha persona, el acuerdo es completamente válido (salvo que en el plazo de 30 días desde que usted envíe el acta notificando dicha decisión, reciba el voto contrario a dicho acuerdo de los ausentes y dicho voto contrario superara el nº de votos favorable a la destitución).

Por tanto, usted lo que debe  hacer es:

  1. Redactar el acta de la Junta y enviarlo a todos los propietarios
  2. Esperar 30 días desde que lo envíe. Si los ausentes no se pronuncian se entiende que están conformes con el acuerdo. Si se pronuncian en contra del acuerdo, ganará la decisión que obtenga mayoría simple (es decir, la mitad más uno, contando el voto favorable a la destitución de quienes no se pronuncien)

Respecto a la reunión, las juntas las convocan o bien el presidente o bien la cuarta parte de los propietarios, o un número de éstos que representen al menos el 25 por 100 de las cuotas de participación (pero no la administradora) . Si esta señora cuenta con dicho número de cuotas de participación lo que tiene que hacer es una convocatoria (donde figure el nombre de los propietarios a los que representa y que convocan la junta) la cual ha de enviar a todos los propietarios

Si asiste a dicha junta, por favor pídale que le muestre los escritos de los propietarios donde la autorizan a convocar una nueva reunión y comuníquele (en presencia de todos los asistentes) el acuerdo adoptado en la anterior junta así como la devolución de la documentación.

Pese a lo anterior, convendría también que la comunidad le enviara un burofax con copia de contenido y acuse de recibo (así tendrían una prueba por escrito) avisándola tanto del ceso (cuando hayan transcurrido los 30 días) como de la devolución de la documentación.

Puede "amenazarla" con denunciarla ante la agencia española de protección de datos (es gratuito) si no les devuelve la documentación. 

Espero haberle servido de ayuda

Un saludo

 

Fin del hilo
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