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Saorete
30/07/2015 20:34

Plazas garaje superficie

¿Es legal habilitar un espacio de aparcamiento en una comunidad de propietarios sin más gastos de comunidad?

1.632 lecturas | 3 respuestas

Hola, buenas tardes

El edificio que resido tiene un parking en superficie, no cubiertas, señalizadas mediante rayas. La  configuración (están en bateria) de las mismas permite:

- Que en 3 plazas se pueda aparcar un segundo coche detrás y en otra otro vehiculo paralelo.

Ello sin molestar al resto de las plazas.

En la asamblea del 2014 quedo aprobado que los propietarios de esas plazas pudieran utilizar la posibilidad de aparcar el segundo coche, mi voto fué negativo sin reseña del mismo en el acta.

Para la asamble de este año (Agosto) aparece un punto en el orden del día que dice : "Estudio y toma de decisiones respecto de habilitar el espacio suscetible de aparcamiento junto a la pista de tenis para poder rentabilizar dicho zona a favor de la Comunidad". Las asambleas que cito son solo del parking NO de la Comunidad completa.

Con lo aprobado el año 2014 y la propuesta de este año se está dando el pleno derecho a aparcar a los propios interesados, como un nuevo parking, sin más gastos de comunidad.

Es esto legal aunque se apruebe una compensación? Esta autorización la puede autorizar solo la asamblea del parking? No podria esta situación afectar a las coberturas del Seguro de la Comunidad ni al pago del IBI por ampliar plazas, creo que ilegalmente.

Confio en haberme explicado correctamente. Quien me puede informar

 
S
Saorete
31/07/2015 19:44
En origen a la constructora.
 
S
Saorete
31/07/2015 19:42
Las plazas, numeradas, están o bien incluidas en la escritura de compra del piso o en escritura individual si el propietario no tiene el piso en n/edificio, o lo ha adquirido después del piso. El rcbo Ibi es conjunto por el coste que significa su división
 
ADASgestion
ADASgestion
30/07/2015 20:58

En la division horizontal a quien pertenece esos terrenos?

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Fin del hilo
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