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Cese administrador

¿Cómo cambiar al administrador si tiene contrato desde junio de 2012?

3.902 lecturas | 12 respuestas

Hola!

esta semana tenemos la junta ordinaria y queremos cambiar al administrador. Sabemos que tiene contrato desde junio de 2012. He leído en algunas publicaciones que los contratos son renovables anualmente, así que nos tocaría esperar 10 meses. Aunque en esta junta dejaríamos sentenciado por escrito el cambio que se produciría en junio de 2016, no? si no existe contrato escrito, esto también sería así?

de todos modos también he leído que los contratos se renuevan en las juntas ordinarias, en este caso, podríamos no renovarlo en esta junta y contratar uno nuevo?

 
Que se lo pida el presidente, así saldrán de dudas
ADASGestión (Administración de Fincas y Asesoría Jurídica)
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Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 
Que
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Queremos coger a uno de nuestra localidad, somos mayoría. Y todas las dudas nos surgen porque el contrato del administrador, no sabemos si verbal o escrito, es del mes de junio y las reuniones ordinarias donde se plantea la renovacion de cargos son en agosto

 
Cual es su interes de contratar a otro: Precio, otros trabajos......
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Pero en el caso que no haya habido una mala gestión y queremos contratar a otro?

 

 
Al tratar el punto renovación de cargos, es cuando plantearán la no renovación al administrador y contratar a otro o que haga estas funciones un vecino, lo que ustedes voten.
La no renovación debe ser justificada. En este caso no deberá reclamar nada,el administrador, ustedes también le pueden pedir daños y perjuicios por una mala gestión.....

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Entonces en la junta de esta semana, en donde uno de los puntos del orden del dia es la renovación de cargos, no se refiere al administrador puesto que ya está renovado y por tanto no podemos hacer nada al respecto?

 
No se puede hacer. El cese produce efectos desde la adopcion del acuerdo. El nuevo nombramiento desde su aceptacion por el nombrado. Debe existir un secretario-admministrador en todo caso. El caracter de la Junta ( Ordinaria o Extraordinaria) no influye.
Inmoabogados

20 años de experiencia en cooperativas

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abogados@inmoabogados.es
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Vale, comprendo. Podríamos hacer lo siguiente?:

en la junta ordinaria presentamos un presupuesto de otro administrador, lo votamos, si sale elegido y el administrador alega que tiene aún 10 meses de contrato, le mantendríamos estos 10 meses y en dicha fecha se produciría el cambio de administradores sin tener que hacer ninguna junta extraordinaria, puesto que ya está elegido el nuevo administrador.

en el caso que el administrador no alegue este plazo se realizaría el cambio ahora.

he leído algún contrato en el cual se indica que la renovación se produce cuando tenga lugar la junta ordinaria. Para que esto ocurra, tendría que venir en el contrato especificado?

 

Lo q están planteando es una resolución anticipada del contrato verbal con el administrador y la revocación del cargo antes de cumplirse su plazo de duración. Para ello, debe existir una justa causa ( p. ej. adopción de acuerdos ilegales, deslealtad mediante el cobro de comisiones, actos de gestión claramente negligentes, etc ...) . Si no hubiera justa causa el administrador puede exigir a la Comunidad una indemnización. 

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Claro, pero la duda que nos surge es si se podría realizar la no renovación cuando no se cumple el año del contrato, sino que esto fue hace dos meses. Es decir, que su contrato se haya renovado en junio y ahora tendríamos que pagarle hasta junio de 2016

 
Si en la convocatoria de la junta hay un punto "renovación de cargos"
Pueden votar la no renovación al administrador.
Si están decididos a cambiar, sería conveniente que contactasen con quien le vaya a sustituir para que les informe
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