Hola, buenas tardes. Si el cuarto es de la comunidad y no tienen ningún contrato que estipule lo contrario, pueden cambiar dicha cerradura y debría estar en poder del presidente o de una persona designada por la junta. Tendrán que decidirlo en junta para que conste en el libro de actas, ya que en caso de volver a suceder otro sabotaje, será necesario tener todos los requisitos necesarios cumplidos si precisan denunciar el mismo. No olvide que si tienen seguro de comunidad, previa denuncia de los hechos el seguro lo cubre a excepción del importe de la franquicia si la tuvierran.
Un saludo