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S
semisotano
25/11/2015 19:32

Local a vivienda

¿Es posible convertir un local en planta sótano en vivienda si no tiene cédula de habitabilidad?

3.214 lecturas | 9 respuestas
Hola, soy de sant boi de llobregat Barcelona hace 3 años compre un local en planta sótano que estaba reformado como vivienda. La reforma se hizo hace 20 años, hace 20 años el inquilino que lo habitaba, denunció a la dueña en el ayuntamiento por alquilar un local en un sótano dándole uso de vivienda sin las condiciones mínimas de habitabilidad sin aseo ni desagües. El ayuntamiento le obligó al dueño para hacer obras para que fuera habitable. Nosotros lo hemos reformado y más que un sótano parece un bajo, tiene claridad luz etc, en el ayuntamiento no dan en un sótano cédula de habitabilidad ni cambio de uso, empadronado si. Hay alguna forma de ponerlo a vivienda o prescribe, no se si me explicado bien gracias
 
E
elbonsai
26/02/2018 11:06
Hola. Por lógica entiendo que las tuberías que van por la tachada son las de entrada de agua y/o las Del gas. Esas tuberías son comunitarias, lo que significa que usted tiene el mismo derecho que el resto de comuneros a engancharse con un contador a ella. La salida de agua residuales si o si tienen que estar dentro de la vivienda o local, sea por patio o por mocheta. Salvo que el edifico sea muy antiguo. Por tanto lo dicho licencia de obras y aviso a la empresa de agua para que pongan contador y den de alta el suministro. La comunidad no puede negarse a un servicio básico, y tampoco tiene que pedirle permiso a la comunidad. Un saludo
 
B
Blont
26/02/2018 08:50

A que tuberias se refiere a la entrada de agua o a la salida de agua.

Si es a la entrada de agua, supongo que tendra un contador, y desde este tendra la entrada a la vivienda.

Y si es el de salida de aguas fecales, tendra union a la bajante.

No llego a entender si esto no es asi, que usted tenga la cedula de habitabilidad, es imposible

 
C
Cesoloaltg
26/02/2018 07:30
No, no es un local es una oficina en un edificio que tiene viviendas y oficinas. Las tuberías no están dentro de la oficina, las subieron por la fachada pero ahí se quedaron. No he tenido nunca problemas con la comunidad y no se si hacer una reforma para meter las tuberías me supondría un problema con ellos en plan denuncia o algo así.
 
E
elbonsai
26/02/2018 00:01
Hola. Entendemos que el local dispone como es logico de suministro de agua y salida de aguas residuales.Por lo tanto como bien le dicen le bastará con una licencia de obra menor. A la comunidad sólo debe presentarle la licencia de obras si se la piden. Un saludo
 
B
Blont
25/02/2018 15:06

Es que esa vivienda no tiene en la actualidad toma de agua y tuberias de desague?

El cuarto de baño no existe?

Si a las dos preguntas responde que di, usted debera pedir permiso al ayuntamiento de obras menores, y COMUNICAR/INFORMAR a la comunidad que va a realizar obras, solo por las molestias

 
C
Cesoloaltg
25/02/2018 13:29
Hola buenos días a todos, soy propietario de una pequeña oficina en el centro de Madrid. Hasta hace poco la tenía alquilada a un abogado ahora está una esteticista y me pide si se puede instalar un lavabo y/o ducha para sus clientes y yo no se si eso no se puede o lo tiene que autorizar la comunidad o el ayuntamiento o habría que hacer un cambio de uso para las reformas, si alguien me pudiera ayudar, muchas gracias.
 
E
elbonsai
25/11/2015 22:26

Hola, en relación a la comunidad, no es asi, dado que para cambiar el uso debe tener si o si la autorización de la comunidad, puesto que supone un cambio en el titulo constitutivo. Una cosa es que usted viva alli  toda la vida sin efectuar cambios en sus escrituras y  otra muy distinta que vaya a cambiar las mismas. No olvide que el tipo de uso de una vivienda, local, garaje etc, perteneciente a una comunidad no es un elemento en si independiente, sino que pertenece a un conjunto.

Un saludo

 
S
semisotano
25/11/2015 22:14
Gracias por la respuesta, también tengo entendido que si vives más de cuatro años prescriben algo que un notario lo puede escriturar a vivienda.
 
E
elbonsai
25/11/2015 21:28

Hola, para poder ponerlo como vivienda, debe entre otros requisitos aprobarlo la comunidad ya que no es lo mismo el coefciente que se paga por local que el que tendría que pagar por vivienda. Si el ayuntamiento no pone problemas a dar la celula de habitabilidad, el cambio de uso depende de la comunidad, mas que del ayuntamiento. Todo esto supone gastos que debe valorar, pues hay que pasar dicho cambio por el registro de la propiedad, por todo lo que de este cambio se deriva, IBI ´valor catastral,coeficiente de participación en la comunidad, etc.

Un saludo

 

Fin del hilo
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