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kenzoxs
17/12/2015 09:04

Plazo pago daños en vivienda acordado en junta de vecinos

¿Cuál es el plazo máximo para ejecutar acuerdos de juntas de vecinos?

978 lecturas | 1 respuestas

Buenos dias amigos.

Tengo en mi vivienda unos daños por humedad debido a una terraza comunitaria que tengo encima, la cual ha sido arreglada hace unos meses.

El caso es que he presentado un peritaje en una junta de vecinos extraordinaria de los daños en mi vivienda que han sido aprobados en la junta por todos los vecinos.

EL problema viene a que hace casi dos meses de esto y no tengo noticias del presidente, ya le he facilitado mi numero de cuenta para realizar el ingreso y notificado por escrito.

¿Hay algun plazo maximo para ejecutar acuerdos de las juntas?

Muchas gracias y un saludo

 
mafnieto
mafnieto
17/12/2015 14:49

Buenos días,

Parece que estamos ante una obra de las contempladas en el Art10. 1 y 2  de la Ley de Propiedad Horizontal. Entiendo de su correo, lo siguiente:

  1. Que como consecuencia de daños de elementos procomunales encargó un peritaje técnico para valorar  la responsabilidad y coste de la obra en la terraza que le está causando perjuicio a su propiedad.
  2. Que dicho peritaje, y por tanto el coste de la obra fue acordado y aprobado en Junta. Lo que supone una asunción clara de la comunidad de su responsabilidad en su reparación.
  3.  Lo que pasa es que la LPH  lo que hace es establecer quién es el responsable. En este caso, la comunidad ( y además aceptado por acta)
  4.  ¿ Cuándo se debe hacer la obra ? Ahí está el problema. Si la obra es urgente y necesaria, ya tendría que estar hecha, pero si no lo es, lo que debe hacer es requerir al presidente mediante burofax ( citando el acuerdo del acta) o mediante carta certificada con acuse de recibo dando un plazo de quince o veinte días para que se ejecute el acuerdo y que de no hacerlo así se verá obligado a reclamarlo judicialmente.
  5. Insisto, si es una obra urgente ( ¿ en el peritaje no indica que es una obra necesaria y urgente?) ya tenía que estar hecha, pero si no es urgente ( y esto siempre es un asunto polémico) puede diferirse su ejecución en X meses. No es lo habitual y menos cuando todos los vecinos reconocen que se la ha causado daños. Pero antes de acudir a un abogado agote todas las vías: vuelva a requerir por certificado o burofax  al presidente de la comunidad y en caso de que siga sin hacerle caso, pongalo en manos de su abogado.
Administración de Fincas Miguel Ángel Fraile
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Fin del hilo
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