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T
toexcar
22/01/2016 01:54

Turno de presidente

¿En qué momento debe el nuevo propietario del bajo comercial heredado ocupar la presidencia en una comunidad de viviendas?

1.476 lecturas | 2 respuestas

En una comunidad de viviendas en donde hay un bajo comercial ( sin actividad desde hace muchos años y está cerrado ) que NUNCA ha sido presidente,ahora con el fallecimieto de su dueño lo ha heredado uno de sus hijos, como según la Ley de Propiedad Horizontal tiene la obligación de ocupar la presidencia, ¿ en que momento se le debe decir que lo haga? ¿hay que esperar a que lo sean la totalidad de las viviendas – hay 12 y actualmente  ocupa dicho cargo  la puerta 5 – ó se le puede decir que lo haga en cuanto termine el mencionado propietario de la puerta 5 ? Gracias 

 
E
elbonsai
23/01/2016 00:11

Hola, el cargo de presidente es obligatorio para los propietarios, la comunidad decide como se nombra el presidente. Puede  ser por turno rotativo, eleccion o sorteo. Supongo que llevaran alguna de estas formas en su comunidad, por lo tanto deben ejercerá el cargo cuando le toque según la norma que tengan en la comunidad.

Un saludo

 
B
Borni1974
22/01/2016 09:02

Lo lógico y sencillo sería que ejerza la presidencia cuando le toque por su turno. No sé el motivo por el cual el propietario de dicho local no ha ejercido la presidencia anteriormente. De todos modos, ser presidente parece que es más una obligación que un derecho o un honor, y tal vez deberían plantearse, por el bien de la comunidad, si es conveniente que ejerza la presidencia una persona que actualmente no reside en ella y por lo tanto, probablemente ponga menos empeño en el buen desarrollo de todo.

Hay comunidades donde si los vecinos están conformes, un presidente repite varios años, e incluso si alguno argumenta que no está capacitado para tal cargo, se puede saltar el turno. Lo sencillo en muchos casos es tener un administrador externo y que sea él el que se ocupe de las principales gestiones, así como del control de la cuentas de la comunidad.

Si a modo de castigo, imponemos la presidencia a una persona manifiestamente incapaz o que no tiene ningunas ganas, probablemente, el buen funcionamiento de la comunidad se vea afectado.


Editado por Borni1974 22/01/2016 9:07
 

Fin del hilo
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