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Wazxach
19/03/2016 08:13

Nadie quiere ser presidente ni secretario

¿Puedo ser presidente y secretario de una comunidad y cobrar a cambio de hacer todo yo mismo?

3.325 lecturas | 5 respuestas

Buenos días,

Pues lo que indico en mi comunidad nadie quiere hacer nada, llevamos tiempo que no se hace nada y hay muchos problemas. Un tiempo fui yo presidente y era imposible hacer algo porque por culpa del secretario no podia pagar (se negaba a firmar) y pregunto…

¿puedo ser yo el presidente y secretario de una comunidad? Teniendo en cuenta que voy a hacerlo yo todo ¿puedo cobrar o llegar a un acuerdo de no pagar comunidad a cambio de ello?

 
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Borni1974
21/03/2016 11:39

En el caso que indica, igual lo más sensato es contratar un administrador y que sea él el que gestione la comunidad y les asesore sobre cómo reclamar los impagos e iniciar el proceso judicial para reclamar las deudas. No sé cuántos vecinos serán, pero si solo pagan dos, no entiendo cómo no les han cortado ya los suministros básicos a la comunidad.

 

 
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Wazxach
21/03/2016 06:47

elbonsai dijo:

Hola, como bien dice puede convocar junta y nombrarse presidente. Por que no elegir como secretario al otro propietario que paga?. Si el resto de vecinos no paga, si no tiene acceso a la documentación de la comunidad tiene mucho trabajo por hacer.

Un saludo

Lo que dice me parece perfecto, pero la otra persona  no quiere ser secretario, dice que no tiene tiempo y prefiere que se contrate un administrador para que lo haga todo, pero a mi me parece un  gasto innecesario ya que si solo pagamos 2, seria pagar el doble para poder contratarlo.

 

No veo otra salida que ofrecerme a ambos cargos o pagar el doble y tener suerte con el administrador.

 
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elbonsai
20/03/2016 22:53

Hola, como bien dice puede convocar junta y nombrarse presidente. Por que no elegir como secretario al otro propietario que paga?. Si el resto de vecinos no paga, si no tiene acceso a la documentación de la comunidad tiene mucho trabajo por hacer.

Un saludo

 
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Wazxach
19/03/2016 21:33

elbonsai dijo:

Hola, el cargo de presidente es obligatorio para los propietarios. Dicho esto, si la junta decide nombrarle a usted con ambos cargos puede, aunque no es conveniente. Por otro lado el cargo es obligatorio pero no tiene remuneración alguna, por lo tanto usted si quiere presentarse al cargo debe realizarlo sin cobrar, salvo que facture lo que cobra. Y por descontando debe usted seguir contribuyendo a los gastos de la comunidad como le corresponde.

Un saludo

 

Agradezco su respuesta, pero….¿cómo obligas a una persona que le toque ser presidente o secretario que ejerza sus funciones? pasan olímpicamente de todo hay muchos problemas en la comunidad y no hacen nada, llevo 2 años para que me arreglen unas humedades por culpa de la fachada, extintores caducados de más de 3 años, no se ha llevado una contabilidad (lo único es un fichero que he realizado yo de quien a pagado o no), deudas de más de 500€ de algunos vecinos y no se ha denunciado porque el presidente pasa de todo, se debió hacer la reunión para presentar cuentas y cambiar de presidente hará 1 año y medio y no se convoca, alarma contraincendios sin funcionar ni revisar…. un auténtico caos que siendo sólo presidente no podré solucionar porque a quien le toque de secretario no va a firmar nada (para poder realizar los pagos correspondientes o sacar dinero de la cuenta bancaria)….. espero me puedas ayudar o aconsejar, estoy que no sé que hacer y mi idea era ser presidente y secretario ya que (corrigeme si me equivoco) tengo un 25,26% de coeficiente de participación y con ello puedo convocar la junta y autodeclararme presidente y secretario, debido a que el otro vecino que paga tiene un 17% y el resto tienen deudas pendientes y tengo entendido que no tienen derecho a voto.

 

Muchas gracias de antemano, un saludo.

 
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elbonsai
19/03/2016 20:57

Hola, el cargo de presidente es obligatorio para los propietarios. Dicho esto, si la junta decide nombrarle a usted con ambos cargos puede, aunque no es conveniente. Por otro lado el cargo es obligatorio pero no tiene remuneración alguna, por lo tanto usted si quiere presentarse al cargo debe realizarlo sin cobrar, salvo que facture lo que cobra. Y por descontando debe usted seguir contribuyendo a los gastos de la comunidad como le corresponde.

Un saludo

 

Fin del hilo
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