He estado leyendo sobre el tema pero aún no lo veo claro o no encuentro una opinion que coincida con nuestro caso.
La situación es una comunidad de 50 viviendas con una piscina común la cual tiene una zona de 200m2 de cesped artificial a modo de solarium y unos 200m2 de madera de teka rodeando la piscina, causando un contraste estético muy bonito.
Comentar que estas calidades y estética fueron uno de los motivos que me decantaron hacia la compra de la vivienda.
Tres años después se va a proponer sustituir la totalidad de la madera de teka por cesped artificial, siendo un cambio estético y de calidad notorio mi pregunta es….
¿Deberá ser aprobado por mayoria o por unanimidad?. Considero que es una modificación considerable que llevará implícita una derrama.
Les agradezco de antemano sus posibles aclaraciones.