Buenos dias,
hace 9 años compré una casa nueva quise instalar el canal plus pero no había puesta la antena parabólica.
Somos tres casas adosadas y la antena comunitaria está colocada en el tejado de una de las otras casas.
Les pedí permiso para instalarla i si querían utilizarla, me dieron el permiso verbal y coloqué una antena colectica por si en un futuro cambiaban de opinión y se querían conectar.
Ahora 9 años después me dicen que la tengo que quitar, no ha habido ninguna incidencia con la antena, el motivo es que no nos llevamos bien.
Estoy obligado a quitarla 9 años después si tenía su permiso para colocarla (no han dicho nada en estos 9 años)
Hay alguna normativa que obligue a tener antena parabólica hoy en día como servicio de comunidad, para poder acceder a las trasmisiones digitales. Es decir al satélite Astra o hispasat no a satélites más raros.
He leído que el Real Decreto Ley 1/1998, de 27 de febrero, sobre infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicación en su artículo 9 permite la colocación solo comunicándolo. ¿Es correcto?
Muchas gracias,