Una consulta legal si teneis conocimientos o información ya que tengo dudas.
Soy Presidente de una Comunidad desde hace Años y dispongo del listado actualizado de vecinos en mi poder con domicilios y telefonos.(Propietarios)
Tengo una duda un propietarios con varios pisos llamo al Administrador, para una cinsulta que yo como Presidente le envie por email.
Solicite el trelefono del citado vecino y la Srta., que lleva las cuentas me dijo que no me podia dar el telefono, le dije que no que como Presidente tengo el mismo rango que al Admoinistrador y creo que superior ya que el Adminitrsador como dice la palabra administra y que el listado debe estar tambien en mi poder ya que en caso de una Urgencia o que la Junta en este caso el Presidente deba contartar con cualquier Propietario, en cualquier hora debe disponer de este listado.
Gracias de antemano ya que la ley es muy ambigua.