Lea el art. 9.1.F de la lph,
Por lo cual es legal y obligatorio tener un remanente para cualquier necesidad.
Mire, hay muchos propietarios que por desconocimiento de la ley, no dicen mas que tonterias, si no estan de acuerdo que impugnen, y si no pagan, proceso monitorio al canto, ya veran si se pueden reclamar.