Buenas tardes,
Nuestra comunidad se rige por la ley 49/1960 del 21 de Julio de 1960.
Esta ley indica que los propietarios de locales no están obligados a pagar cuota a la comunidad ni ninguna obra que si haga en el interior del edificio.
Mi duda es si ¿La comunidad solo se rige por la ley tal cual está escrita en el momento de la construcción del edificio o si las modificaciones que se han hecho a esta ley son aplicables a la comunidad?
Es decir, si la ley en su momento decia que los locales estaban exentos de pagar, pero ahora dice que han de pagar por coeficiente, ¿Cual aplica a nuestra comunidad?
Muchas gracias.